Semanario REGION®

Del 6 al 12 de diciembre de 2019 - Nº 1.388 - Año 29 - INPI 1983083

Significado de los distintos cebrados en cordones

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La Municipalidad de Santa Rosa informó el significado de los cebrados ubicados en distintos puntos de esta ciudad: El cebrado rojo y blanco; el cebrado amarillo y negro y el cebrado azul y blanco.

Cebrado de color rojo complementado con el blanco. Establece la prohibición de estacionar o detenerse y se aplicará en:
1- Cordones curvos de las esquinas.
2- En la prolongación virtual de la línea de ochava del triángulo de visibilidad
3- Frente a la entrada de los establecimientos escolares , con vigencia durante horario y días de dictado de clases, lo cual estará indicado en la señal vertical correspondiente.
4- Frente a los accesos a playas de estacionamiento, públicas o privadas, o a los accesos a corralones, estaciones de servicio y demás predios que exijan la libre accesibilidad a vehículos.
5- Frente a los accesos y egresos de los vehículos de emergencia, ambulancias, bomberos, policía y demás fuerzas de seguridad.
6- En aquellos sectores de calzada en los que la seguridad operativa o la fluidez vehicular haga necesaria e imprescindible la prohibición de estacionar y/o detenerse sobre un lado de la misma.
7- En todo lugar que el municipio, a través de su organismo competente, lo considere necesario por razones de visibilidad o de seguridad.

Cebrado de color amarillo complementado con el negro. Establece la prohibición de estacionar en:
1 – Las paradas de los ómnibus del servicio público de pasajeros.
2 – Los sectores de paradas de taxis y remises autorizadas.
3 – Frente a los establecimientos de enseñanza escolar a un lado o a cada lado, según corresponda, durante el período de dictado de clases en los 30 minutos anteriores al horario de ingreso y los 30 minutos anteriores y posteriores al horario de salida.
4 – Frente a los establecimientos de enseñanza media y superior. En horarios y días de funcionamiento.
5 – Frente a las instituciones bancarias en horario y días de atención al público.
6 – Frente a los establecimientos autorizados para el cobro de impuestos, al solo efecto de la detención del vehículo transportador de caudales por el término de 1 hora y en horario a convenir...

7 – Frente a hospitales, clínicas, sanatorios y otros centros asistenciales para el ascenso y descenso de pacientes.
8 – Frente a los centros de rehabilitación física de pacientes con dificultades ambulatorias.
9 – Frente a teatros, cines, Centro Municipal de Cultura, u otros locales, destinados específicamente a proyecciones y/o presentaciones artísticas durante los días y horarios de funcionamiento indicados en la señal vertical pertinente.
10- Frente a hoteles, moteles, residenciales, y hospederías para el ascenso y descenso de pasajeros y carga y descarga de equipaje.
11- En sectores limitando el estacionamiento de vehículos en general para reservar los espacios que en determinados casos resulten necesarios con la finalidad de cubrir eventos circunstanciales que hayan sido previamente autorizados por el organismo o dependencia municipal competente.

Cebrado de color azul acompañado de color blanco. Establece estacionamientos exclusivos:
1- Frente a los garajes o cocheras particulares que se encuentren activos, a solicitud del propietario del inmueble, el cual tiene un costo anual.
a)- Si el peticionante del estacionamiento exclusivo certifica fehacientemente una discapacidad, se podrá adicionar un módulo.
b)- Si el peticionante del establecimiento exclusivo, no posee cochera o garage, siempre que certifique fehacientemente una discapacidad, se pintará el cordón del inmueble.
2- En los sectores reservados al estacionamiento de motocicletas, bicicletas u otros rodados similares, con exclusividad de utilización los días y horarios indicados en la señal vertical pertinente.
3- Frente a dependencias que funcionen en edificios públicos carentes de cochera y se justifique la necesidad de autorizar un espacio para el estacionamiento exclusivo de un vehículo de guardia, limitada al horario y días hábiles de atención al público.
4- En sectores de calzada ubicados en las proximidades, o lugares aledaños, de centros comerciales, administrativos, educativos, financieros u otros de interés público, previo relevamiento de utilización de los requirentes, destinados a vehículos de discapacitados, en los días y horarios que cada necesidad particular o general plantee, indicando con la señal vertical correspondiente.
La Señalización vertical u horizontal realizada sin autorización municipal, traerá aparejado para su infractor la aplicación de una sanción monetaria calculada en Unidades Fijas, considerando para su determinación los antecedentes del mismo y las circunstancias del caso.

Para mayor información: Subdirección de Ingeniería y Planificación – Don Bosco 950 o al teléfono: 700156.