Desde el día 29 de enero de 2021, la provincia de La Pampa implementó el Programa de intervención monitoreado con ivermectina, como parte de las medidas tomadas frente a la epidemia de COVID-19.
En conferencia de prensa realizada el miércoles 9 en el Salón de Acuerdos de Casa de Gobierno, el ministro de Salud, Mario Rubén Kohan, el subsecretario de Salud, Gustavo Raúl Vera, la directora de Epidemiología, Ana Gabriela Bertone y Marcos Alejandro Mayer médico investigador del CONICET, informaronn respecto de los resultados preliminares de dicho programa, basado en el uso de ivermectina dentro de los primeros cinco días de iniciados los síntomas relacionados a la infección.
Según destacó el ministro, “existen dos aspectos claves a destacar en esta evaluación preliminar del programa: la seguridad de la intervención y la mejor evolución clínica observada en las personas que recibieron el tratamiento con ivermectina con respecto a quienes no lo hicieron”.
En relación a la seguridad, explicó que, por tratarse la ivermectina de un fármaco que aún no ha sido aprobado para el tratamiento de la COVID-19, su uso se realiza dentro de un marco de seguimiento especial denominado MEURI, definido por la Organización Mundial de la Salud, que establece los requisitos y cuidados que deben tenerse para el uso este tipo de fármacos en el contexto de una pandemia como la actual, en la que no se disponen de suficientes alternativas terapéuticas.
Uno de estos requisitos es el seguimiento activo de las posibles reacciones adversas relacionadas al uso del fármaco”. En este sentido -destacó Kohan-, “tras haber realizado un seguimiento activo de más de 3.000 pacientes tratados con ivermectina en la Provincia hasta el día de la fecha, no recibimos reportes de reacciones adversas que nos indiquen que el fármaco, utilizado en las dosis y condiciones establecidas, resulte tóxico o con un perfil de seguridad inaceptable. Más aún, debido a que existían planteos respecto de si el uso de este fármaco en dosis altas podría llegar a resultar tóxico para el hígado, durante la primera fase del programa se realizó un seguimiento activo mediante estudios de laboratorio, a fin de detectar cualquier alteración en el hepatograma, no habiendo detectado alteraciones clínicamente significativas en ninguno de los casos”.
Seguimiento
En relación a la mejor evolución clínica observada en los tratados con ivermectina, Kohan explicó que, “si bien su uso en la Provincia no forma parte de un estudio clínico, sino que es parte de un programa terapéutico destinado a contar con una herramienta potencialmente beneficiosa para los pacientes en este contexto de pandemia, con el apoyo técnico de la Dirección de Epidemiología de la Provincia y de científicos del CONICET, se analizó la evolución clínica de los pacientes a fin de obtener información valiosa en relación a las ventajas y desventajas de continuar implementando el programa”.
Utilizando estadísticos provenientes de la base de datos epidemiológica de la Provincia, en la que se registran diariamente todos los casos diagnosticados, y del registro provincial de internaciones y defunciones relacionadas a COVID-19, se pudo comparar la evolución clínica de los pacientes medicados con ivermectina con respecto a quienes durante el mismo período de tiempo no recibieron dicho tratamiento.
A partir de un análisis preliminar de la evolución clínica de 2000 sujetos que ingresaron al programa ivermectina desde sus inicios hasta el 10 de mayo de este año, y de 12.600 pacientes que fueron diagnosticados durante el mismo período pero que no participaron de esta intervención monitoreada, se evidenció que, en mayores de 40 años, la frecuencia de internación en terapia intensiva fue cercana a un 40% menor en quienes recibieron ivermectina, mientras que el desarrollo de formas graves de la enfermedad (definido a partir de la admisión a terapia intensiva o el fallecimiento de los pacientes) fue un 35% menos frecuente en los sujetos tratados que en quienes no participaron del programa.
Según afirmó el ministro, “creemos que estos datos son alentadores y nos invitan a continuar en el camino iniciado en enero. No obstante, queremos destacar que estos resultados son preliminares (ya que el programa continúa activo y diariamente se incorporan nuevos pacientes al mismo). Del mismo modo, dado que no se trata de un estudio clínico, sino del monitoreo de un programa de intervención, es necesario que surjan evidencias provenientes de ensayos clínicos antes de recomendar el uso de este fármaco por fuera del marco de intervención monitoreada que se está llevando adelante en la Provincia. En especial, desalentamos fuertemente la automedicación por parte de las personas” señaló.
El gobernador Sergo Ziliotto firmó un convenio con la titular del Tribunal de Cuentas de La Pampa, María Alejandra Mac Alister, para que ese organismo realice informes de control de la trazabilidad de aplicación de las vacunas contra la COVID, enviadas a la Provincia por el Gobierno nacional.
El acuerdo se rubricó en Casa de Gobierno y se suma a los controles realizados por el Ministerio de Salud de La Pampa, con el objetivo de mantener la transparencia en el operativo de vacunación extraordinaria que se instrumentó por la pandemia de coronavirus.
El acta firmada establece que tanto el Poder Ejecutivo, a través del área que corresponda, como el Tribunal de Cuentas “designarán a los respectivos coordinadores, de modo que las acciones a cumplimentar no obstaculicen el normal desarrollo de las prestaciones sanitarias”.
Asimismo, se estipula el establecimiento de una “comunicación permanente que coadyuve a lograr el objetivo previsto, en la forma que hasta la fecha se ha propiciado, para certificar frente a la ciudadanía el control de legalidad” encomendado al Tribunal de Cuentas de La Pampa.
En los fundamentos del acuerdo firmado se señala que la pandemia “ha demandado la adopción de múltiples y extraordinarias acciones a los organismos públicos, tanto para contener los efectos sanitarios del virus cuanto para procurar el ordinario desarrollo de los servicios públicos y la mayor asistencia a las personas y actividades afectadas por la misma”.
A párrafo seguido sostiene que “no obstante ello, y aún cuando la declaración legal de emergencia sanitaria permitía obviar la intervención previa del Tribunal de Cuentas en los contratos que el Estado necesitaba efectuar, tal intervención no fue nunca soslayada, lo que permitió realizar el control de legitimidad de los trámites, que históricamente se propicia en la Provincia y que constituye un proceso distintivo de su actuación administrativa”.
En este sentido se recuerda que “al concluir el año 2020 el Tribunal de Cuentas pudo brindar al gobernador de la provincia y éste al pueblo de La Pampa, un detalle pormenorizado de gastos presupuestarios fiscalizados, inherentes a las actividades desplegadas por toda la administración para la atención de dicha pandemia”.
Asimismo subraya que “con el objeto de certificar la trazabilidad en el proceso de aplicación de la vacunación contra el Sars-Co V2, el Ministerio de Salud de la Nación, a través de un acuerdo entre el Comité de Control de dicha cartera y la Sindicatura General de la Nación, han requerido de los organismos de control la participación que coadyuve a tal objeto que, sin dudas, contribuirá a otorgar tranquilidad a la ciudadanía respecto del destino de estos bienes indispensables”.
Vale mencionar que el Gobierno provincial elabora un informe de trazabilidad de la campaña provincial de vacunación en forma semanal, el cual es informado a la ciudadanía todos los viernes en el sitio noscuidamos.lapampa.gob.ar , que se publica en la Agencia Provincial de Noticias y en distintas redes sociales del Gobierno pampeano.
Desde este viernes 11 de junio y todos los días de la semana, las actividades habilitadas podrán realizarse hasta las 20 hs. mientras que los locales gastronómicos lo harán hasta las 23 hs., con una tolerancia de 45 minutos y con un máximo de ocupación del 30 % de su capacidad. La circulación estará restringida entre las 0 y las 6 horas, excepto para actividades esenciales.
Esta medida se encuadra en las facultades que otorga el DNU vigente y en el descenso de los contagios de COVID-19. El Decreto Provincial será publicado en el Boletín Oficial en el día de la fecha y tiene vigencia hasta el día 1º de julio, inclusive.
Detalle de las modificaciones de horarios
Los locales de gastronomía podrán desarrollar su actividad, con un máximo del 30 % de su capacidad, entre las 7:00 y las 23:00 todos los días, con tolerancia de 45 minutos posterior al cierre para atención de clientes y retiro de personas del lugar.
Las actividades que se encuentran habilitadas podrán realizarse todos los días con horarios de apertura y de cierre a las 07:00 y a las 20:00, respectivamente.
La circulación de las personas por fuera del límite de la localidad en que residen, y dentro de la misma, quedará restringida entre las 0 y las 6, con excepción de personas afectadas a actividades definidas como esenciales.
Actividades suspendidas:
-Actividades y reuniones familiares y sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
-Reuniones sociales y permanencia en espacios públicos al aire libre.
-La práctica y/o entrenamiento, recreativo o de competencia, de cualquier deporte en lugares cerrados. Podrán realizarse las competencias oficiales nacionales de deportes en lugares cerrados siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional.
-La práctica y/o entrenamiento grupal, recreativo o de competencia, de todo tipo de deportes al aire libre. Se permiten las competencias oficiales nacionales de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional. No se permite la asistencia de público
-Actividades de casinos, bingos, discotecas, salones de fiestas y salones de fiestas infantiles.
-La realización de todo tipo actividades y/o eventos, económicos, culturales, turísticos, sociales, recreativos y religiosos, que impliquen concurrencia de personas, excepto las económicas habilitadas por cada Municipalidad o Comisión de Fomento en fecha previa al 18 de mayo de 2021 y siempre que se realicen al aire libre.
-Cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, excepto que funcionen al aire libre y con un máximo permitido de hasta 10 personas.
-Locales comerciales entre las 20:00 y las 7:00 del día siguiente, excepto las farmacias y las estaciones de servicios al sólo efecto del expendio de combustibles.
-Dictado de clases presenciales en todos los niveles y en todas las modalidades del sistema educativo provincial, de gestión pública y privada y centros de formación profesional.
-Jardines maternales y de infantes de gestión privada enmarcados en la Ley Provincial N° 2511.
Solicitud para habilitación de gimnasios:
Al no ser facultad de cada Gobierno provincial, se ha solicitado al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, la habilitación de la actividad de los gimnasios en espacios cerrados, a partir de las atribuciones que le confiere el DNU vigente.
Domingo 20 de junio – Día del Padre
Se habilitan las reuniones familiares a realizarse el día domingo 20 de junio de 2021, con un límite máximo de 10 personas y dentro del horario permitido de circulación.
Habilitación de la caza comercial de liebre europea
El desarrollo de la actividad económica relacionada con la caza comercial de liebre europea estará habilitada desde el día 14 de junio y hasta el día 15 de agosto de 2021, inclusive, fecha de finalización de la temporada, en el marco de exigencias y protocolos establecidos en la Resolución 18/21 de la Dirección de Recursos Naturales.
Habilitación de nuevas actividades:
La incorporación de nuevas actividades dependerá del dictado de la nueva normativa nacional y de la profundización de la disminución de los contagios por COVID-19 que permita que la Provincia cambie de estatus en cuanto a Riesgo Epidemiológico y Sanitario según la calificación que realiza el Ministerio de Salud de la Nación.