REGION - La Pampa
Semanario REGION®
Del 20 al 27 de marzo de 2008 - Año 18 - Nº 844
R.N.P.I. Nº 359581

  
Editorial Diario del Viajero Nº 1090 – 19 de marzo de 2008
Responsabilidad civil del funcionario

La ciudadanía ve con preocupación los tanteos, marchas y contramarchas, de quienes egresan de la función pública, y de aquellos que pretenden entrar en ella.
Los contratos y licitaciones de última hora, entran en el mismo tipo de período de sospecha, que aqueja a todas las operaciones que se dan en los concursos y quiebras de personas y empresas privadas. A veces, el negocio no está en hacer una obra, sino en pagar los honorarios de costosos estudios de factibilidad, de difícil ponderación, y que generalmente terminan incompletos. En otras ocasiones, la prórroga de concesiones, o la modificación de sus términos mediante cláusulas aclaratorias, hacen que los resultados se distorsionen en perjuicio de los ciudadanos. Por ello repetimos lo ya dicho el 9 de enero de 1991, en la edición nº 193.

Carlos Besanson

El viejo derecho español obligaba, a cada funcionario de la Corona, a fijar su residencia por un tiempo en el lugar de actuación, luego de haber terminado su gestión. En ese momento se le abría lo que se llamaba un Juicio de Residencia; en él, se presentaban todos los que se consideraban perjudicados y damnificados por la acción torpe del que ejerciera el poder. De esta  manera, al quedar pegado al lugar, y al abrirse automáticamente ese juicio de análisis de conducta, se generaba un remedio para un mal crónico como es el abuso del poder.
Los célebres Oidores de siglos atrás escuchaban las quejas y recibían los descargos. El pueblo, de esta manera, tenía siempre la esperanza de que el mal funcionario, con el tiempo, las pagaba. ¿Tiene el ciudadano actual esa misma sensación de esperanza? Los oidores modernos están sordos y una parálisis burocrática los inhibe para actuar con eficiencia. A veces, se tiene la sensación de que quienes deben juzgar el incumplimiento de los deberes del funcionario no pueden o no quieren cumplir con sus deberes.
A todo esto, se suma la aplicación genérica de un principio del derecho, por el cual el empleador responde por­ el accionar de sus empleados y mandatarios. Por ende, el Estado se constituye en responsable de las consecuencias de la torpeza de quienes ocupan el poder y la cosa pública. Pero este silogismo jurídico de la responsabilidad del Estado no corresponde, a nuestro entender, cuando se da la arbitrariedad del funcionario en la toma de decisiones y en la actividad contractual.
Los únicos responsables civiles, y por lo tanto patrimoniales, son los funcionarios que colocaron su firma en cada una de las actuaciones que generaron el conflicto legal.
Hacer responsable al Estado es hacer responsables patrimonialmente a todos los ciudadanos. De esta manera se da la aberración de que esos ciudadanos, que han sido defraudados en sus expectativas por los malos funcionarios, deben también hacerse cargo de las consecuencias de los actos injustos de los mismos.
Una modalidad de creciente uso en los últimos tiempos es la adjudicación de contratos para explotar todo tipo de servicios que antes monopólicamente tenía el Estado. Ahora el país se fraccionará en pequeños reinos, con monarcas que según el protocolo ya no firmarán con la abreviatura de Su Majestad, sino con la simple S.A. Pero sus potestades les permiten: convocar a la fuerza pública en amparo de su libertad de comercio, recolectar tributos del ciudadano para capitalizar su empresa, tener policía privada que intenta ilegalmente retener los documentos de identidad de quienes ingresan a determinados sitios.
Pero la sustitución del poder del Estado, que puede actuar arbitraria y despóticamente, por otros poderes monopólicos, que también pueden actuar de la misma manera, no nos da la suficiente libertad ciudadana y la conveniente libertad de empresa.
No responden a la realidad de los hechos los fundamentos de los decretos y resoluciones que adjudican privilegios y prerrogativas. Pero como una espada de Damocles los contratos darán lugar a voluminosos y largos pleitos, entre concedentes, concesionarios y usuarios. Las consecuencias patrimoniales de esos pleitos deben recaer exclusivamente en quienes aportaron con su firma la confusión jurídica, generadora de la inseguridad legal. Si el gobierno quiere frenar la corrupción, bastaría que gestionara las normas legales pertinentes para hacer únicos responsables civiles a los funcionarios involucrados. El Juicio de Residencia readquiere su validez en  momentos críticos de la República.

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