1) Río Quinto y lagunas o cuerpos de agua públicos y privados:
En el caso de predios privados que contengan lagunas o cuerpos de agua deberán estar registrados según los requisitos establecidos por normativa vigente.
* Desde el 16 de febrero de 2025 al 31 de agosto de 2025, se podrá pescar todos los días de la semana.
* Desde el 1° de septiembre de 2025 al 30 de noviembre de 2025, se habilitará la pesca sólo los días viernes, sábados, domingos y feriados nacionales.
* Desde el 1 de diciembre de 2025 hasta la fecha que por Disposición se establezca el inicio de la temporada de pesca deportiva siguiente, se podrá pescar todos los días de la semana.
- Río Colorado:
* Desde el16 de febrero de 2025 hasta el1° de agosto de 2025 y
* Desde el 1 de noviembre de 2025 hasta la fecha que por Disposición se establezca el inicio de la temporada de pesca deportiva siguiente.
RÍO COLORADO se encontrará prohibida en las siguientes zonas:
IMPORTANTE ver Disposición completa de PESCA vigente 2025 (PDF)>>